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Peritajes

ECONOMISTA FORENSE: PERSONA EXPERTA INDEPENDIENTE
Esta figura se tipifica básicamente en la legislación: RDL 1/2010, Ley 17/2014 y RDL 4/2014.

  • Homologación de los acuerdos de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial.

  • Informe aportaciones no dinerarias.

  • Informe proyectos de fusión y de escisión.

  • Informes sobre patrimonio neto.

  • Valoración de empresas.

ECONOMISTA FORENSE: PERSONA ADMINISTRADORA CONCURSAL
Esta figura se tipifica básicamente en la legislación: Ley 22/2003 y Ley 38/2011.

  • Declarado un concurso se nombra a una persona (abogada, economista) o persona jurídica.

  • Comunicación individualizada a los acreedores y presentación inventarios de bienes.

  • Informe provisional, fase de convenio o liquidación.

ECONOMISTA FORENSE: AMBITO DE LA VIABILIDAD EMPRESARIAL
Esta figura se prescribe básicamente en: ley Concursal y Ley Estatuto de los Trabajadores.

  • Planes de negocio.

  • Planes estratégicos de reestructuración.

  • Planes de viabilidad. Plan de viabilidad concursal.

  • Justificaciones para ERE o cierres.

ECONOMISTA FORENSE: ÁMBITO JUDICIAL
Esta figura se tipifica en la legislación básicamente la Ley 1/2000 Enjuiciamiento Civil.
Cuando las partes en litigio solicitan un dictamen profesional o peritaje.

  • El dictamen debe incluir la identificación del expediente, objeto del informe, procedimientos, conclusiones y delimitación de responsabilidades.

Administrador Judicial nombrado por decisión judicial, tipos de actuaciones:

  • Ejecuciones civiles como garantia de embargos, ejecución de bienes hipotecados o pignorados.

  • Administrador hereditario con objetivo de preservar el patrimonio.



Listado de actuaciones en Barcelona:

  • Justicia ámbito civil, social y penal.

  • Administradora concursal.

  • Experta independiente Registro Mercantil.

  • Experta en tasaciones periciales.

  • Justicia Gratuita.

MEDIACIÓN CONCURSAL
Esta figura se tipifica básicamente en la legislación: RDL 11/2014
Acuerdo Extrajudicial de Pago es un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de personas físicas o jurídicas, donde su balance no debe superar los 5 millones de €.
El deudor solicita el nombramiento de una persona mediadora concursal por el Registro Mercantil o Notario.
Este acuerdo facilita mediante la mediación pactar quitas del 25% y esperas de 3 años.  

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